Redacción
Culiacán, Sinaloa.- La Comisión de Equidad, Género y Familia, aprobó el dictamen que contienen reformas al Código Penal del Estado de Sinaloa para imponer de uno hasta 3 años de prisión a quien publique o difunda, por cualquier medio electrónico, audios o videos eróticos de una persona, sin su consentimiento, el llamado sexting.
La diputada Yeraldine Bonilla Valverde señaló que la iniciativa fue promovió por el grupo parlamentario de Morena, en la cual se trabajó por varios meses y se espera que en los próximos días se suba al pleno a fin de que sea votada por todos los legisladores.
Detalló que se trata de reformas al Código Penal del Estado de Sinaloa y adiccionar el Capítulo V Bis, llamado Violación de la Intimidad Sexual, en el cual ya existe sanciones para el hostigamiento y acoso se sexual y ahora se incluye el acoso a la intimidad sexual que se penaliza de uno a tres años de prisión a quien cometa este delito.
“Quien difunda fotos, videos, audios de otra persona sin su consentimiento va a recibir una sanción de 4 a 7 años y se le adiciona que servidores públicos que hagan uso de fotos, videos o igual de audios de personas sin su consentimiento a ese servidor público se le va a inhabilitar por 7 años de su trabajo y se le sancionara con prisión”.
En caso de que el sujeto pasivo sea una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o si se trata de una persona menor de dieciocho años, se impondrá prisión de tres a cinco años.
Cuando la publicación o difusión a que se refiere este artículo sea con fines de lucro, la pena de prisión será de tres a seis años y de quinientos a mil días multa.
Las penas anteriores se aumentarán hasta en una mitad más si el sujeto activo tiene relación de parentesco por consanguinidad afinidad, matrimonio, concubinato o relación de hecho con el sujeto pasivo.
Este delito se perseguirá por querella de parte, excepto en los supuestos previstos en el tercero y cuarto párrafo del presente artículo que serán perseguibles de oficio.