Irene González
Culiacán, Sinaloa.- Las empresas que hayan generado utilidades durante el 2019 deberán repartir entre sus trabajadores esta prestación antes de que concluya el mes de mayo, caso contrario los patrones podrían hacerse acreedores a una sanción económica.
Eduardo Alberto Portillo Avilés director del Trabajo y Previsión Social señaló que el tema de la
pandemia por Covid-19 no debe ser una justificación para no hacer entrega de este beneficio a su personal.
Reconoció que las empresas pasan actualmente por momentos difíciles por el cierre de la mayoría de los negocios, sin embargo, no se ha emitido por parte del Gobierno federal o del SAT un acuerdo para exentar a los patrones del pago de esta prestación.
“Si las empresas y personas físicas, siempre y cuando hayan obtenido más de 300 mil pesos de ganancias durante el año fiscal 2019 están obligadas a repartir este pago entre los trabajadores y el trabajador tiene que tener más de 60 días laborados en la empresa o en el negocio para que le pueda dar esta prestación”.
Portillo Avilés explicó que solo se autorizó una prórroga para la presentación de la declaración anual de impuestos en el caso de las personas físicas para el último día de junio cuando la fecha legal era en el mes de abril.
La Dirección del Trabajo y Previsión Social pone a disposición de los trabajadores el portal de la dependencia: procuraduriadigital.stps.gob.mx, donde podrán presentar su denuncia o pueden comunicarse a los números de atención telefónica 6674 60 07 85 y 6674 82 65 18.