Irene González
Culiacán, Sinaloa.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, expidió durante la sesión ordinaria de este lunes el Reglamento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular para el Proceso Electoral Local 2020-2021.
En este documento se establece la exigencia a las y los aspirantes a una candidatura de firmar un de buena fe y bajo protesta de decir verdad el escrito que se ha denominado “3 de 3 contra la violencia”, donde se establezca que no estén condenados o sancionados por: violencia familiar, abuso o delitos sexuales, ser deudor alimentario o moroso que atenta contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente con sus obligaciones.
Esto a efecto de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.
La Consejera Electoral, Gloria Icela García Cuadras, explicó que antes de solicitar el registro, el partido político o coalición deberá revisar si dicha persona se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de ViolenciaPolítica contra las Mujeres en Razón de Género o bien en el Registro local.
Por su parte, la presidenta del IEES, Karla Gabriela Peraza Zazueta, manifestó que la violencia política contra la mujer por razón de género, ha sido uno de los temas más importantes que han ocupado al Instituto en los últimos años.
Señaló que, de la mano con el Instituto Nacional Electoral, se han creado lineamientos y reglamentos que aporten a la paridad de género, la protección de los derechos políticos de la mujer y a la no discriminación por razón de género.
“Es por eso que el Instituto Electoral, toma un paso adelante con la aprobación del Reglamento de Registro de Candidaturas, donde se toma como requisito, su declaración de “3 de 3 contra la violencia”, destacó.
La Consejera electoral, Gloria Icela García Cuadras, precisó que este instrumento normativo precisa los plazos y órganos competentes para recibir las solicitudes de registro, la documentación que se deberá acompañar a las solicitudes, así como el procedimiento para la revisión y en su caso, atención de los requerimientos realizados por la autoridad electoral.
Además se contemplan las reglas respecto a la elección consecutiva, las sustituciones de candidaturas, los registros simultáneos y el trámite que se deberá seguir en caso de renuncias, entre otros aspectos.
En este Reglamento se requiere a los Partidos Políticos, Coaliciones y aspirantes a candidaturas independientes para que en el trámite de la solicitud del registro de las candidaturas se atiendan las medidas que en ese momento dicten las autoridades sanitarias, así como los protocolos emitidos por este Instituto a fin de evitar contagios de la Covid-19.
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