Culiacán, Sinaloa, viernes 09 de abril de 2021

En la Sesión de Pleno número 17 del 2021, la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública resolvió un total de 55 asuntos relacionados con la Ley de Transparencia.

Entre los dictámenes aprobados en la Plenaria desarrollada este día se encuentran 15recursos de revisión.

En el orden del día además se incluyeron 17 acuerdos de incumplimiento con apercibimientos a servidores públicos de 9 dependencias, por no acatar las resoluciones de Ceaip en el sentido de entregar información pública solicitada por ciudadanos.

Los asuntos fueron votados por unanimidad de los Comisionados José Alfredo Beltrán Estrada, Liliana Margarita Campuzano Vega y José Luis Moreno López.

Los acuerdos de incumplimiento con apercibimiento fueron dirigidos al Sistema DIF de Angostura, con 4; al Sindicato de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento de Culiacán, con 4; Ayuntamiento de Choix, con 2.

Así también se incluyen el Sistema DIF San Ignacio, con 2; la Secretaría General de Gobierno, 1; las Juntas de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Choix, de Sinaloa y de San Ignacio con 1 cada una, y la Universidad Autónoma de Sinaloa, 1.

La fracción I del artículo 190 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, faculta a la Ceaip a emitir acuerdos de incumplimiento en casos en que los sujetos obligados desatiendan el cumplimiento de las resoluciones.

También, cuando los requerimientos de información no son atendidos, son contestados parcialmente, la información entregada no corresponde con lo solicitado, entre otras.

Una vez que se notifica a cada una de las dependencias dichos acuerdos de incumplimiento, se están dando tres días de plazo para que respondan.

De persistir la no respuesta, se abre el paso a que el Pleno, máximo órgano de decisión de Ceaip, aplique medidas de apremio consistentes en una amonestación directa al funcionario que omitió responder la solicitud de información.

De igual forma se aplican las respectivas multas que van desde los 150 hasta 1 mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, UMA, mismas que tienen que ser cubiertas directamente con dinero del funcionario que incurrió en la omisión.

Las multas por incumplimiento de resoluciones pueden ir desde los 13 mil 443 a los 134 mil 430 pesos.

Durante la Sesión Plenaria número 17 de Ceaip también fueron aprobados 15acuerdos de resoluciones en el sentido de cumplimiento y 8 desechamientos.

Mientras que de los 15 recursos de revisión presentados en contra de 10 dependencias, en 2 se ordena dar respuesta, 2 más fueron resueltos en sentido revocatorio, 6 modificatorios y 4 confirmatorios y 1 sobreseimiento.

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Culiacán, Sinaloa, viernes 09 de abril de 2021

En la Sesión de Pleno número 17 del 2021, la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública resolvió un total de 55 asuntos relacionados con la Ley de Transparencia.

Entre los dictámenes aprobados en la Plenaria desarrollada este día se encuentran 15recursos de revisión.

En el orden del día además se incluyeron 17 acuerdos de incumplimiento con apercibimientos a servidores públicos de 9 dependencias, por no acatar las resoluciones de Ceaip en el sentido de entregar información pública solicitada por ciudadanos.

Los asuntos fueron votados por unanimidad de los Comisionados José Alfredo Beltrán Estrada, Liliana Margarita Campuzano Vega y José Luis Moreno López.

Los acuerdos de incumplimiento con apercibimiento fueron dirigidos al Sistema DIF de Angostura, con 4; al Sindicato de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento de Culiacán, con 4; Ayuntamiento de Choix, con 2.

Así también se incluyen el Sistema DIF San Ignacio, con 2; la Secretaría General de Gobierno, 1; las Juntas de Agua Potable y Alcantarillado de los Municipios de Choix, de Sinaloa y de San Ignacio con 1 cada una, y la Universidad Autónoma de Sinaloa, 1.

La fracción I del artículo 190 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, faculta a la Ceaip a emitir acuerdos de incumplimiento en casos en que los sujetos obligados desatiendan el cumplimiento de las resoluciones.

También, cuando los requerimientos de información no son atendidos, son contestados parcialmente, la información entregada no corresponde con lo solicitado, entre otras.

Una vez que se notifica a cada una de las dependencias dichos acuerdos de incumplimiento, se están dando tres días de plazo para que respondan.

De persistir la no respuesta, se abre el paso a que el Pleno, máximo órgano de decisión de Ceaip, aplique medidas de apremio consistentes en una amonestación directa al funcionario que omitió responder la solicitud de información.

De igual forma se aplican las respectivas multas que van desde los 150 hasta 1 mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, UMA, mismas que tienen que ser cubiertas directamente con dinero del funcionario que incurrió en la omisión.

Las multas por incumplimiento de resoluciones pueden ir desde los 13 mil 443 a los 134 mil 430 pesos.

Durante la Sesión Plenaria número 17 de Ceaip también fueron aprobados 15acuerdos de resoluciones en el sentido de cumplimiento y 8 desechamientos.

Mientras que de los 15 recursos de revisión presentados en contra de 10 dependencias, en 2 se ordena dar respuesta, 2 más fueron resueltos en sentido revocatorio, 6 modificatorios y 4 confirmatorios y 1 sobreseimiento.

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