Irene González
Culiacán, Sinaloa.- Por mayoría de votos, el Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa declaró inexistente la infracción atribuida por el Partido de la Revolución Democrática en contra del alcalde con licencia de Concordia José Felipe Garzón López, por uso indebido de recursos públicos.
En la queja promovida por el partido del sol azteca se establece que el Facebook del denunciado, mediante el cual se publicitaban las obras y logros del gobierno municipal de Concordia, cambio de nombre de Esmeralda Zatarain ex candidata del PRI a la presidencia de dicho municipio.
En sesión jurisdiccional, la presidenta del órgano electoral, Verónica García Ontiveros, explicó que en audiencia llevada a cabo por la autoridad no se constató lo manifestado por el quejoso por lo que el hecho denunciado no quedo acreditado.
“Dice que la cuenta oficial que era de Garzón López que tiene 9.8 mil seguidores de pronto lo cambio a nombre a Esmeralda Zatarain, la autoridad administrativa hace la diligencia y revisa cada una de las pruebas técnicas que ofrecieron y la autoridad determina la inexistencia del hecho, en estas imágenes que se ofrecieron como pruebas en la queja no aparece el nombre de Esmeralda Zatarain sino la de José Felipe Garzón por eso el proyecto propone la inexistencia”.
En cuanto a la denuncia que el PRD presentó contra el Partido Sinaloense por la entrega de dadivas por parte de Héctor Velarde Quintero a favor de dicho partido de las pruebas que obran en el expediente sobre la entrega de materiales consistente en despensas, la propuesta era sancionar al PAS con una amonestación pública.
Sin embargo, tres de los cinco magistrados votaron en contra argumentando que se requería contar con mayores elementos para resolver en consecuencia, por lo que era necesario que la autoridad instructora hiciera mayores diligencias partiendo de las pruebas técnicas presentadas consistente en fotografías del perfil a nombre de esta persona.