CARTA-ABIERTA
Diputados que votaron a favor del aborto no podrán recibir la santa comunión Sacramental, informa la Diócesis de Culiacán.
A través de una carta abierta la Diócesis de Culiacán dio a conocer que los diputados y diputadas católicos que el pasado 8 de marzo votaron en el Congreso del Estado a favor de la interrupción legal del embarazo fueron excomulgados.
En el comunicado se informa que las y los legisladores bautizados católicos no podrán recibir la santa comunión Sacramental, ni podrán ser padrinos o acompañantes de otras personas que quieran recibir otros sacramentos como el bautismo.
“Hoy tenemos mucha gente escandalizada por la traición pública de la enseñanza de la iglesia sobre la fe y moral de aquellos legisladores que se dicen “católicos”. En efecto es coherente y tiene sentido ¿Cómo puede acercarse a misa y comulgar un fiel que abiertamente promueve y está a favor de políticas contrarias a la vida?”, se lee en el documento.
La Diócesis de Culiacán afirma que no se trata de una sanción eclesiástica sino el reconocimiento del estado objetivamente indigno de una persona a recibir la sagrada comunión, de aquí que exhorta a los diputados que se profesan católicos a ser coherentes con su fe.
El documento está firmado por el padre Miguel Ángel Soto Gaxiola responsable diocesano de la Comisión para la vida, familia, juventud y Laicos, quien se puso en huelga de hambre en el Congreso del Estado para manifestarse en contra de la aprobación del aborto.
La diócesis de Culiacán divulgó por diferentes medios digitales, una reflexión del padre Miguel Soto, responsable diocesano de la vida y la familia :
CARTA ABIERTA de nuestra Diócesis de Culiacán (P. Miguel Soto, responsable diocesano de Vida y Familia), acerca de lo acontecido en días pasados en la Legislatura del Estado de Sinaloa…
El documento expone inquietudes de fieles católicos que preguntan si aquellos legisladores y legisladoras que aprobaron la suspensión del embarazo a las 13 semanas , pueden recibir los sacramentos de la iglesia católica, el texto dice a la letra :” NO, NO, PUEDE ACERCARSE A LA COMUNIÓN SACRAMENTAL, NI PUEDE SER PADRINO O ACOMPAÑANTE DE OTRAS PERSONAS QUE QUIERAN RECIBIR OTROS SACRAMENTOS, COMO EL BAUTISMO .(Cfr. Canon 874, 1,3 , del código del derecho Canónigo).
Por lo tanto señores y señoras diputados bautizados católicos se les niega la comunión, no es en absoluto una sanción eclesiástica sino el reconocimiento del estado objetivamente indigno de una persona a recibir la sagrada comunión. De aquí que exhorto a los diputados que se profesan católicos a ser coherentes con su fe . No deben renunciar a su responsabilidad personal de votar a conciencia, argumentando que reciben instituciones o indicación de una instancia superior.”
Hoy fue publicado en el diario oficial del estos el decreto en todos los puntos que aprueba la interrupción del embarazo . Que establece , es delito de interrupción del embarazo después de la décima tercera semana, la sanción es una amonestación privada y de uno a tres meses de medidas
integrales, de veinte a cincuenta días de trabajo en favor de la comunidad o de doscientosa setecientos días multa.
El delito de interrupción forzada quien produzca o practique la finalización anticipada del proceso de gestación a la mujer o persona gestante sin su
consentimiento.