Irene González
Culiacán, Sinaloa.- Los 40 diputados y diputadas celebran en estos momentos sesión extraordinaria a puertas cerrada para salvaguardar el debido proceso y los derechos de los involucrados.
El acuerdo fue tomado en reunión de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, en el cual se incluye que la sesión tampoco será trasmitida en vivo.
Al recinto legislativo solo se ha permitido el ingreso de las y los legisladores, mientras que medios de comunicación, asesores y demás personal del Legislativo se les ha negado el acceso.
Ayer en conferencia de prensa, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Feliciano Castro Meléndrez, manifestó que por tratarse de una información bajo reserva la que se atiende actualmente en el Congreso del Estado en este caso el juicio político contra el alcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro por ley no podían dar mayores detalles.
Esto en correspondencia a lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos en su artículo 16 y a la Ley Orgánica del Congreso del Estado, por lo tanto, no pueden compartir más información a fin de garantizar los derechos de todas las partes implicadas.
“Bajo esos criterios no hay ahorita información que compartir, queremos garantizar que el proceso se de en los términos que la ley establece y la ley justamente establece que es información bajo reserva”, expresó el presidente de la Jucopo.
El artículo 16 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos habla justamente sobre el procedimiento en el Juicio Político en el que se establece que, recibido el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, en su primera sesión el Congreso del Estado lo turnará a la Comisión Instructora.
Indica que a esta le corresponderá practicar, con audiencia del denunciado, las diligencias necesarias para la comprobación de la conducta o hecho materia de aquella y establecer las circunstancias del caso, así como la intervención que haya tenido el servidor público denunciado. Los trámites señalados en el artículo anterior y en el primer párrafo de éste, tendrán el carácter de reservados.
La Comisión Instructora, dentro de los tres días siguientes de recibido el expediente, le hará llegar a la denunciada copia de la denuncia y de las constancias que se estimen necesarias, emplazándole para que, en un término de siete días hábiles siguientes a la notificación, en uso de su garantía de audiencia, comparezca personalmente o conteste por escrito sobre la materia de la denuncia, ofrezca pruebas y designe defensor si lo estima conveniente.