Irene González
Culiacán, Sinaloa.- El ex alcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro no regresará a la presidencia municipal aun cuando un juzgado le otorgó una suspensión definitiva a su favor, afirmó el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado Feliciano Castro Meléndrez.
El también coordinador de la bancada de Morena aclaró que esta resolución otorgada por el Juzgado Tercero de Distrito a Estrada Ferreiro es para que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado no emita su sentencia hasta en tanto no se revise la constitucionalidad del proceso de juicio político que se siguió en su contra.
Pero también dijo la resolución es muy clara al afirmar que el Congreso del Estado ya cerró su proceso y sus resoluciones son actos consumados, de tal manera que la persona implicada en este proceso no regresa a la presidencia municipal y la propia suspensión lo establece.
A través de una trasmisión en vivo el edil desaforado afirmó que en caso de que el juez de distrito resuelva que se violentaron sus derechos humanos quedarían sin efecto la destitución o cualquier medida tomada en contra por el Poder Legislativo, así como la intención de inhabilitarlo para un puesto público.
“Este documento tiene dos dimensiones de dicha resolución en la pagina 14 dice con toda claridad, el pleno del STJE constituido en jurado de sentencia resolverá en definitiva el citado juicio y justamente le dice que habrán de esperarse hasta en tanto no se revise la constitucionalidad”.
También establece que de los informes rendidos por las autoridades responsables se evidencia que el juicio político de que se trata se encuentra en trámite en dicho tribunal por tanto con fundamente en el artículo 50 de la Ley de Amparo es procedente conceder la suspensión para el único efecto de que no se dicte la sentencia.
“El efecto de esta resolución es para mantener las cosas tal cual están mientras se revisa la constitucionalidad del acto”, precisó el presidente de la Jucopo en el Poder Legislativo.
La resolución menciona que con respecto a la solicitud de la medida cautelar para el efecto de que no se ejecute en perjuicio del quejoso el artículo 23 de la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos en el caso de que el congreso constituido como órgano acusador determiné formular acusación reviste un acto de carácter consumado, es decir, “palo dado ni dios lo quita”.
“El propio juzgado está diciendo que la resolución del congreso es un acto consumado por lo tanto todo lo demás es una narrativa a conveniencia. El congreso del estado en principio a través de la Comisión Instructora cumplió con la ley y en ese sentido el debido proceso se respetó”, aclaró.
Castro Meléndrez recordó que el ex alcalde de Culiacán esta ligado a un proceso de carácter penal lo que es otra variable por la cual Jesús Estrada Ferreiro no regresa a la presidencia municipal.