Irene González

Culiacán, Sinaloa.- Diputadas y diputados de la 65 legislatura aprobaron por mayoría la minuta enviada por el senador de la República con proyecto de Decreto de reforma constitucional que agrega nuevos delitos para los cuales los jueces pueden ordenar la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar.

Durante la sesión ordinaria de este jueves se sometió a votación la propuesta enviada por el Senador de la República, la cual fue votada a favor 31 legisladores y legisladoras de los grupos parlamentarios de Morena, PVEM y PT, y en contra hubo 9 votos del PRI, PAN, PAS y MC.

Este proyecto aprobado reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa y agrega la extorsión como delito por el que los jueces pueden ordenar dicha medida cautelar.

Asimismo, se añade al catálogo de delitos la ilegal introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

De igual manera incluye los delitos que vayan en contra de la salud, el libre desarrollo de la personalidad y los de cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

El diputado del PAS, Víctor Antonio Corrales Burgueño, señaló que votaron en contra de la minuta enviada por el Senado en la que se busca reformar el párrafo 2do. Del art.19 de la Constitución, pues no solo vulnera la presunción de inocencia, sino que también contribuye al hacinamiento en los centros penitenciarios y afecta a los sectores más vulnerables de la sociedad.

El coordinador de la bancada del Partido Sinaloense explicó que esta medida, aunque concebida como un instrumento para garantizar la justicia y la seguridad, plantea serias preocupaciones al ser aplicada de manera automática y generalizada.

“Diversos organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), han señalado que la prisión preventiva debe ser una medida de carácter excepcional, utilizada únicamente cuando sea estrictamente necesaria y siempre sustentada en un análisis individualizado del caso”.

Indicó que la SCJN ha advertido sobre los riesgos de esta práctica y su posible conflicto con los estándares constitucionales e internacionales que México ha adoptado, que es imprescindible avanzar hacia un sistema de justicia que respete plenamente los derechos humanos y que privilegie el uso de medidas cautelares alternativas, cuando sean viables, para garantizar el debido proceso y evitar la estigmatización de personas que aún no han sido condenadas.

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