Irene González

Culiacán, Sinaloa.- El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) acordó aplazar hasta el 14 de abril la fecha para resolver la procedencia de las solicitudes de registro de candidaturas presentadas por los partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Morena, Encuentro Solidario Sinaloa y la coalición “Fuerza y Corazón x Sinaloa”, que integran PAN, PRI, PRD y PAS.

El presidente del órgano electoral, Arturo Fajardo Mejía, señaló que, de acuerdo con el calendario electoral aprobado, se estableció como fecha para resolver sobre las procedencias de registro de las candidaturas a más tardar el 11 de abril, pero la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa contempla la ampliación de los plazos cuando haya imposibilidad justificada para el cumplimiento en el periodo señalado.

En este caso dijo que el sustento de esta resolución es en consecuencia a la consideración del cúmulo de documentos, alrededor de 2 mil 900 expedientes, que recibieron de los partidos políticos o coalición entre el 27 de marzo y el 5 de abril, como resultado de las solicitudes de registro de 24 fórmulas de diputaciones de mayoría relativa, 16 fórmulas de diputaciones de representación proporcional, 20 Alcaldías y fórmulas de sindicaturas en procuración, 90 fórmulas de regidurías de mayoría relativa y 75 fórmulas de representación proporcional.

Dichos documentos contienen la información que el Instituto Electoral debe de revisar a efecto de resolver sobre la procedencia de las solicitudes de registros de las candidaturas presentadas, a fin de verificar que se cumpla con los requisitos que establece la Constitución Política del Estado de Sinaloa, la LIPEES, así como el marco normativo aprobado por el Consejo General para el presente proceso.

En este caso corresponde revisar que las solicitudes de registro contengan la información y acompañen a las mismas la documentación a que se alude en el artículo 190 de la LIPEES, así como los artículos 15, 16 y 17 del Lineamiento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de elección popular, así como verificar el cumplimiento al principio de paridad en la postulación de candidaturas.

Aunado a lo anterior, se deberá comprobar si se cumple con las acciones afirmativas en favor de las comunidades indígenas, con las acciones afirmativas en favor de personas de la diversidad sexual, con discapacidad y de juventud, aprobadas mediante acuerdo IEES/CG049/23, con los supuestos de elección consecutiva y los límites en registros simultáneos tanto de diputaciones como de regidurías.

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