Redacción

Culiacán, Sinaloa.-Con la finalidad de que se les brinde apoyo a las personas vulnerables que son desplazados de sus hogares por los índices de violencia que se desatan en sus comunidades, en el Congreso del Estado se aprobó un dictamen para expedir una ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno.

Con esto se tendrá que crear un Registro Estatal para Personas Desplazadas, un Fondo Especial y Programa Estatal, el cual será renovado cada 3 años. Con los efectos de esta ley los poderes públicos en los ámbitos de sus competencias, garantizarán la protección y asistencia humanitaria a las personas desplazadas, para que sus propiedades y posesiones se protejan.

La diputada presidenta de la Comisión de Justicia de Congreso, Alma Rosa Garzón Aguilar comentó que la intención es que el Gobierno del Estado y los gobiernos municipales entreguen alimento, agua potable, alojamiento, ropa, servicios médicos y que se garantice la educación básica de las personas que son desplazadas.

“A las víctimas de esta expulsión que la violencia produce, la ONU llama desplazados internos, son personas que huyen de la violencia, mujeres, hombres, niños, familias enteras que salen abandonándolo todo, en la mayoría de los casos con lo que llevan puesto, sufren el hambre en su ida y el desprecio donde llegan, sin alimentos, sin salud, y sin que se les garanticen cualquiera de los derechos que las normas les brinda”, dijo.

En este sentido, se adicionó un Capitulo III, denominado “Desplazamiento Forzado Interno” que comprende el artículo 175 bis, al Título Quinto del Código Penal para el Estado de Sinaloa, con lo cual se penaliza con seis a doce años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días a quien provoque desplazamiento forzado la pena aumentará hasta una mitad si se comete en contra de una niña, niño, adolescente, persona defensora de los derechos humanos o periodista.

Cabe mencionar que durante esta sesión del Congreso aprobó adiciones a la Ley de Gobierno Municipal para que los Ayuntamientos puedan realizar sesiones virtuales usando las tecnologías de la información y la comunicación en situaciones de fuerza mayor como contingencias y emergencias sanitarias, derivadas de hechos climatológicos, meteorológicos y derivadas del acatamiento de recomendaciones de Protección Civil.

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