Por mayoría el Congreso del Estado aprobó el dictamen que prohíbe que las calles y espacios públicos poner el nombre de servidores públicos en activo, sus esposas y parientes en cuarto grado de ascendencia. 

Las leyes que se reformaron son la Ley de Movilidad Sustentable, la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y la Ley de Gobierno Municipal, todas del Estado de Sinaloa para lograr que la nomenclatura de vías y espacios públicos manifieste y genere el sentido de identidad del estado y sus municipios.

Con el voto en contra de las diputadas del Partido Sinaloense y del PRI, se aprobaron las reformas que fueron presentadas por la diputada Giovanna Morachis Paperini, integrante del Partido Acción Nacional.

Se adicionan el capítulo sexto de la Nomenclatura a la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa en el que establece que la nomenclatura tiene por objeto identificar y facilitar la localización de los bienes de uso común destinados a la vialidad, propiciando de este modo su ordenamiento.

Por tal motivo, se establece que la designación de la nomenclatura deberá ser coherente, respetando la historia, cultura y tradiciones del estado y sus municipios, con la finalidad de distinguir con facilidad su estructura urbana.

Se establece que la denominación podrá corresponder a nombres de personas, fechas o eventos, basándose siempre en razones de índole histórica, social y cultural.

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