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La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública participó en la Sexta Sesión del Seminario Internacional 2021, Los Retos en la Protección de Datos Personales en la Era Digital, dedicada al “Convenio 108 y Convenio 108+ y la protección de datos personales en México”.

En el evento, la Comisionada de Ceaip, Liliana Margarita Campuzano Vega expuso el tema La protección de datos personales en México, durante su intervención, explicó cuál es la normatividad aplicable en México para la protección de los derechos ARCO, acrónimo formado por las palabras: Acceso para conocer qué datos están siendo tratados, Rectificación para corregirlos o actualizarlos, Cancelaciónpara darlos de baja o suprimirlos y Oposición para negarse a que reciban un tratamiento determinado.

Agregó que cualquier entidad pública o privada, previamente a solicitar datos personales de cualquier tipo, debe notificar el aviso de privacidad.

“El aviso de privacidad, sirve para garantizar la protección de nuestros datos, esto es para informar quién, cómo, cuándo, cuáles, por qué, para qué y con qué finalidad se están recabando, a la vez que nos debe informar quién atenderá nuestras solicitudes de derechos ARCO”, abundó.

Detalló que es una de las herramientas más valiosas para proteger a los titulares de los datos personales, para que su información no sea utilizada con otros fines que puedan ocasionar un daño o un problema a la persona.

“La mayoría de los responsables no colocan a la vista el aviso de privacidad, esto es  una realidad, muchas  personas desconocen qué proceso se les está realizando, cómo se están tratando sus datos y para la propia protección  de los intereses de los titulares; no se les avisa previamente, siendo que esto es lo inmediato que debe de hacer cualquier responsable antes de recabar cualquier tipo de información o datos personales, sobre todo los sensibles, como lo son de salud, biométricos o información patrimonial.”

Resaltó la importancia de que todas las personas exijan el aviso de privacidad antes de proporcionar cualquier dato de índole personal, ya sea a una institución pública o privada, como lo son laboratorios, consultorios, bancos, comercios o establecimientos públicos, para tener conocimiento del tratamiento que darán a nuestra información y en su caso otorgar el consentimiento para su manejo.

Lo anterior lo extendió al uso de cookies en la red, precisando: Al utilizar aplicaciones o servicios de internet, si no prestamos atención estamos autorizando la transmisión de nuestros datos personales para múltiples fines, en un universo tan amplio como lo es el internet, es precisamente la preselección de casillas para transmisión de datos, una de las acciones de protección contemplada en el Convenio 108.” 

Dijo que para la aplicación del Convenio 108 en México se tienen diversos retos, entre ellos reformar la legislación en la materia, tanto para el sector público como el privado, además de ampliarse la protección y categoría de los datos personales sensibles como lo son: raza, estado de salud, creencias políticas o religiosas, vida sexual, incluyendo las contenidas en sentencias de materia penal.

En este sentido también considera el flujo transfronterizo de datos por cualquier medio; herencia digital, derechos de personas fallecidas, derecho al olvido, limitaciones al tratamiento, protección de datos desde el diseño y por defecto, tratamiento de datos de menores, transferencias internacionales, esto último tan común al usar aplicaciones y redes sociales, ya que sus servidores se ubican en el extranjero.

Finalizó su intervención señalando las acciones que realiza el Sistema Nacional de Transparencia, promoviendo la protección de datos con acciones de concientización sobre la prevención, con concursos dirigidos a estudiantes desde educación básica y hasta superior.

 “Es una experiencia probada que la mejor herramienta para una adecuada protección, es la prevención”, explicó.

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