El Servicio Social es una etapa de suma importancia en la formación de todo profesional de la salud, y de manera especial, del estudiante de Enfermería, pues constituye un ciclo académico de un año caracterizado por grandes enseñanzas y aprendizajes teóricos, prácticos, y humanistas.

Actualmente, la Universidad Autónoma de Sinaloa tiene 1,381 pasantes de Enfermería, provenientes de los 3 Programas de Licenciatura que imparte en Los Mochis, Culiacán y Mazatlán. De estos estudiantes, 750 ya han sido retirados, todo en común acuerdo con diferentes instituciones donde prestan su Servicio Social, permaneciendo 631 en diferentes sedes hospitalarias.

En el marco de la emergencia sanitaria que actualmente enfrenta nuestro sistema de salud por COVID-19, se ha observado el riesgo que existe para la seguridad personal de los diferentes grupos del personal en los centros hospitalarios, existiendo preocupación por las condiciones en que se encuentran los pasantes de Enfermería.

Ante ello, y convencidos de que debemos fortalecer a las y los pasantes de Enfermería, pilares de nuestro sistema de salud en un futuro inmediato y ante el creciente número de casos de COVID 19 en nuestro país, la Universidad Autónoma de Sinaloa, uniéndose a las decisiones tomadas por las Universidades Públicas y Privadas del país como la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional, y asumiendo las recomendaciones de la Federación Mexicana de Asociaciones de Facultades y Escuelas de Enfermería A.C., propone lo siguiente:

 

  1. La permanencia de las y los pasantes de la Licenciatura en Enfermería enlas sedes hospitalarias deberá ser VOLUNTARIA.

 

  1. Quienes decidan continuar prestando su Servicio Social, deberán tener garantizadas tanto los insumos como las condiciones mínimas necesarias de seguridad personal, así como la capacitación correspondiente. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

 

  1. Estos prestadores voluntarios de Servicio Social deberán ser asignados a cuidados de pacientes en áreas de menor riesgo, o bien en actividades de educación y promoción de la salud.

 

  1. Las instituciones hospitalarias deberán establecer jornadas de prestación de Servicio Social de Enfermería que minimicen el desgaste o riesgo de los pasantes.

 

  1. Estas medidas tendrán vigencia a partir de esta fecha, y hasta el 30 de abril del año en curso, o bien hasta el momento en que las instituciones hospitalarias cuenten con las condiciones de operación y seguridad requeridas, condiciones que deberán ser verificadas por personal de las Instituciones Educativas.

Una vez transcurrido este periodo, se analizará la situación de cada uno de los estudiantes, sin que su permanencia o retiro represente ventaja o perjuicio para ellas y ellos.

Al agradecer la gentileza de su atención, reiteramos a Ustedes nuestro afecto y reconocimiento.

Deja un Comentario