Irene González

Culiacán, Sinaloa.- El Instituto Estatal Electoral del Estado de Sinaloa declaró que no es procedente el inicio de trámite del instrumento de participación ciudadana de revocación de mandato contra el gobernador Rubén Rocha Moya promovido por un grupo de ciudadanos.

El consejero presidente, Arturo Fajardo Mejía, explicó que la Ley de Revocación de Mandato y la reforma a la Constitución Política local cobraron vigencia con posterioridad a la jornada electoral en la que se eligió al actual mandatario estatal.

Recordó que en la elección celebrada el 6 de junio de 2021 la ciudadanía sinaloense otorgo por mayoría de votos a Rocha Moya que ejerciera la gubernatura por un periodo de 6 años comprendido del 01 de noviembre del 2021 al 31 de octubre de 2027.

“En ese momento no existía el marco jurídico ni en la norma ni en preceptos constitucionales o legales de la legislación aquí en Sinaloa que previera que ese encargo pudiera terminar de manera anticipada, fue hasta el 17 de junio de 2022 que se publicó la reforma constitucional que contemplaba la figura de la revocación de mandato y fue hasta el 2024 que se publicó la Ley de Revocación de Mandato”, detalló.

Fajado Mejía señaló que considerar que la Ley de Revocación de Mandato debe aplicarse a quien hoy ostenta la titularidad del Poder Ejecutivo sería incurrir en una violación a lo dispuesto por el artículo 14 de la Constitución Política de México que establece que ninguna normatividad se tendrá efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

“Consideramos además que de aplicarse se generaría un efecto retroactivo en perjuicio del titular del Poder Ejecutivo que cuando fue electo no existía esta modalidad, pero también de la ciudadanía sinaloense que acudió a las urnas a emitir su voto y que decidió otorgarle ese mandato por un periodo de 6 años, ni de tres, ni de cuatro”, apuntó.

En el proyecto se establece que existe el antecedente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al emitir una sentencia de 2019 relativo a la solicitud de revocación de mandato contra el entonces gobernador de Chihuahua, el donde consideró improcedente aplicar una ley aprobada con posterioridad a la jornada en la que resultó electo.

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