Irene González
Culiacán, Sinaloa.- El Tribunal Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación actúa de manera facciosa al enviar al Congreso del Estado la resolución de la sala especializada para que se sancione al gobernador Rubén Rocha Moya por haber asistido a un evento de proselitismo político en Hidalgo, cuando el legislativo no cuenta con potestad para hacerlo.
Ambrocio Chávez Chávez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación dijo que en reunión de trabajo resolvieron que ni el Poder Legislativo ni su Órgano Interno de Control cuentan con potestad para conocer de la participación del Ejecutivo estatal en este evento, ni tampoco para determinar sanción alguna.
El también responsable de la Diputación Permanente que el Congreso del Estado afirmó que no tienen facultades para juzgar en materia electoral ni al gobernador ni a ninguna otra persona y en todo caso para eso están las autoridades correspondientes en materia electoral.
“Nosotros lo vemos más como una situación de tipo político, todavía hay en los tribunales federales actitudes facciosas, políticas más que legales, nosotros también estamos viendo un trasfondo en ese aspecto porque para que nos lo envía a nosotros sabiendo bien los tribunales que los congresos no tienen facultades para ello”, aseguró.
Reveló que el dictamen emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, en el cual resuelven que no cuentan facultades para sancionar al Ejecutivo estatal no será sometido al pleno para su aprobación, sino que será archivada y se le comunicará del resolutivo al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Chávez Chávez aclaró además que el gobernador del Estado acudió a un evento político a Hidalgo en un día inhábil y con recursos propios, por lo que como ciudadano no se le puede coartar sus derechos políticos de asistir a este tipo de actividades sin descuidar sus funciones.
La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación resolvió que ni el Congreso del Estado ni su Órgano Interno de Control cuentan con potestad para conocer de la participación del Ejecutivo estatal en evento político realizado en el estado de Hidalgo, ni tampoco para determinar sanción alguna.
La resolución se emitió en torno a sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Procedimiento Especial Sancionador del expediente SER-PSC-157/2022, originada por queja ante hecho político que tuvo lugar en el estado de Hidalgo en el presente año.