Irene González  

Culiacán, Sinaloa.- A partir del próximo 15 de febrero entrará en vigor la segunda etapa de la Ley Anti plástico con la prohibición de platos, vasos, charolas, recipientes, contenedores, cucharas, mezcladores o agitadores para bebidas, así como anillos para agrupar, sostener o cargar envases.  

De acuerdo con las reformas realizadas por los legisladores a la Ley de Residuos Sólidos y a la Ley Ambiental del Estado, el 20 de julio del año pasado entró en vigor en una primera etapa la prohibición gradual de los plásticos de un solo uso como son las bolsas y popotes no biodegradables. 

El diputado Jesús Armando Ramírez Guzmán integrante de la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable reconoció que si se está cumpliendo con esta nueva normatividad aunque la prohibición no es la solución, ya que es algo temporal, se trata más que nada de un tema de cultura.  

“Pero cada más son más los estados que se van sumando y esto va a ser un tema que nos va a ayudar mucho a mediano plazo, pero más allá de cualquier otra cosa es el  cambio de chip que traemos, que traen los niños porque todavía previó a la prohibición ya había muchos restaurantes campañas para el uso de los popotes”. 

El legislador hizo un reconocimiento a los empresarios sinaloenses de las grandes cadenas comerciales quienes fueron los primeros en suspender la entrega de bolsas de plásticos no biodegradables, lo que sirvió de ejemplo para los pequeños comercios en el estado.  

Ramírez Guzmán mencionó que en otros estados como de la República como Baja California Sur además de prohibir los plásticos de un solo uso se tiene un tema de marketing impresionante en espectaculares que busca cambiar el chip de la población en este tema. 

En la Ley se establece que a los 360 días entrará en vigor la prohibición del uso de platos, vasos, charolas, recipientes, contenedores, cucharas, mezcladores o agitadores para bebidas, mientras que en un plazo de 540 días los productores derivados del polietileno expandido o unicel. 

A los 600 días hábiles se prohibirá las bolsas para cubrir platos destinados para tapar alimentos y a partir del primero de enero del 2025 los envases de bebidas fabricados con un porcentaje menor al 25 por ciento de plástico reciclado y a partir de enero de 2028 para los envases fabricados con un porcentaje menor al 30 por ciento. 

Quedan exentos de esta prohibición los productos de plásticos no biodegradables utilizados para fines médicos y las bolsas que por sanidad e inocuidad de los alimentos sean utilizados para productos a granel. 

Los fabricados con materiales previos a su comercialización, distribución y entrega, así como los derivados para la industria de la construcción y para el embalaje de grandes mercancías. 

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