Redacción

Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa dio primera lectura a cuatro iniciativas de ley que buscan permitir que los Cabildos y las comisiones de regidores puedan sesionar de manera virtual a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Estas iniciativas, fueron leídas en la primera Sesión Virtual que el Congreso del Estado realizó, después de haber aprobado reformas a la Constitución Política local y Ley Orgánica. De las cuatro iniciativas para permitir que los Cabildos y Comisiones de Regidores también puedan sesionar virtualmente, tres son relativas a modificar la Ley de Gobierno Municipal y una a la Constitución Política del Estado de Sinaloa. De las tres que buscan reformar al Ley de Gobierno Municipal una fue presentada por el Grupo Parlamentario de Morena, una por la diputada Jesús Angelica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño. La tercera fue presentada por el alcalde y el secretario general del Ayuntamiento de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro y Othón Herrera y Cairo Yarahuán. La iniciativa de reforma a la Constitución local fue presentada por la diputada del PAS Jesús Angelica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño. En los considerandos de su iniciativa, el Grupo Parlamentario de Morena recuerda que el 02 de junio de 2020 se aprobó decreto que reforma el artículo 28 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa. Ello, para posibilitar la realización de sesiones a distancia del pleno del Congreso del Estado, sus comisiones y sus órganos de gobierno interior en situaciones de emergencia como la pandemia que actualmente azota a la mayor parte de la humanidad. Ahora propone reformar los artículos 25 y 44 de la Ley de Gobierno Municipal para que también los órganos colegiados de representación municipal del estado de Sinaloa cuenten con el marco jurídico adecuado que les permita mantener su actividad en circunstancias de emergencia. El artículo 25 regula las sesiones plenarias de los ayuntamientos, mientras que el 44 el funcionamiento de las comisiones. “En los casos de emergencia previstos en las leyes que impidan la presencia física de sus integrantes, el Ayuntamiento podrá sesionar a distancia mediante el uso de herramientas y tecnologías de la información y las comunicaciones”. La iniciativa de Jesús Estrada Ferreiro y Othón Herrera y Cairo Yarahuán también busca reformar el segundo párrafo del artículo 25, y adicionar un segundo párrafo al artículo 46, ambos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa El objetivo es que se establezca que los ayuntamientos puedan sesionar en la modalidad remota o no presencial, así como también las comisiones permanentes y transitorias integradas por sus miembros. “Ello cuando existan circunstancias que así lo ameriten, como son los casos de epidemia o estado de emergencia o de excepción declarados por autoridad competente, fenómenos naturales o causas de fuerza mayor debidamente justificada, las cuales impidan celebrar sesiones de Cabildo en forma presencial”. CES-RED-VIC-02 MARTES 07 DE JULIO DE 2020 Boletín 791/2020 Para el caso de las comisiones de regidores, indican que podrán sesionar excepcionalmente bajo la modalidad remota o no presencial, a través de medios virtuales, videoconferencias u otros análogos, tratándose de los casos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 25 de esta ley. La iniciativa de la diputada Jesús Angélica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño, busca reformar el segundo párrafo del artículo 26 y adicionar un quinto párrafo al artículo 44 y la fracción III Bis al artículo 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa. Su objetivo también es “facultar a los Cabildos de los Ayuntamientos para llevar a cabo sesiones virtuales, así como establecer una plataforma oficial que sirva como medio institucional de comunicación de los ayuntamientos”. Se precisa que “de manera excepcional, en caso fortuito o de fuerza mayor, o cuando por causas especiales así lo acuerden las dos terceras partes de sus integrantes, las sesiones de Cabildo o de sus comisiones se podrán realizar de manera no presencial, utilizando la plataforma virtual del Ayuntamiento para desahogar los asuntos concretos acordados. “Las reuniones de las comisiones podrán ser virtuales en los casos previstos por esta ley”. La diputada Jesús Angélica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueños proponen reformar el primer párrafo del artículo 110, el artículo 111 y la fracción 1 del artículo 125 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, con el mismo objetivo.

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