La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió analizar el vacío legal que existe en torno a la expedición de actas de nacimiento para niños nacidos mediante gestación subrogada, práctica conocida como vientre de alquiler. El caso podría resolver las dificultades que enfrentan padres en distintos estados del país al intentar registrar a sus hijos nacidos por esta vía.
Con siete votos a favor y dos en contra, de los ministros Hugo Aguilar Ortiz y Yasmín Esquivel Mossa, el máximo tribunal ejerció su facultad de atracción para resolver la contradicción de criterios 38/2025, originada entre dos tribunales colegiados de Quintana Roo que emitieron fallos opuestos sobre la suspensión para registrar de inmediato a bebés nacidos por gestación subrogada.
En ambos casos, los padres denunciaron que el Registro Civil de Quintana Roo negó el trámite al argumentar que su reglamento no contempla el registro de menores concebidos mediante técnicas de reproducción asistida. Esta negativa, aseguraron, coloca a sus hijos en una situación de incertidumbre jurídica y vulnerabilidad, afectando el interés superior de la niñez y generando un daño de difícil reparación.
La falta de un acta de nacimiento legalmente expedida priva a los menores de derechos esenciales como la identidad, la nacionalidad, la salud y la filiación familiar. Sin este documento, los niños podrían quedar sin acceso a servicios médicos o educativos, además de perder derechos alimentarios y sucesorios al no existir un reconocimiento legal de su parentesco.
Con la atracción del caso, el Pleno de la Corte podrá determinar cómo deben proceder las autoridades cuando los padres buscan registrar a un bebé nacido por maternidad subrogada en ausencia de una regulación específica. “Este caso será clave porque permitirá poner en el centro el interés superior de la niñez en situaciones donde no existe una normativa clara”, destacó la SCJN.





















