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Supremo condena al ex fiscal general de España Álvaro García Ortiz por revelación de secretos

por | Dic 9, 2025

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo notificó la sentencia contra el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, declarándolo culpable de un delito de revelación de secretos. Fue condenado a dos años de inhabilitación, al pago de una multa y una indemnización al querellante, pareja de Isabel Díaz Ayuso, quien enfrenta su propio proceso por evasión fiscal. La decisión fue tomada por mayoría, con cinco votos a favor y dos en contra, cuyos magistrados discrepantes consideraron que no existían pruebas suficientes para la condena.

Según la resolución, quedó probado que García Ortiz —o alguien de su entorno con su conocimiento— filtró un correo crucial del caso, y que él mismo ordenó la elaboración de la nota informativa enviada a los medios, donde se recogía la propuesta de conformidad del abogado de la pareja de Ayuso. La Sala concluye que la filtración del correo y la difusión de esa nota constituyeron una unidad de acción, al oficializar públicamente información reservada. El tribunal enfatizó que un fiscal general no puede responder a noticias falsas cometiendo un delito que vulnere la presunción de inocencia y la confidencialidad que su cargo exige.

El Supremo subrayó que existe un cuadro probatorio sólido y coherente que coloca a García Ortiz como responsable directo o indirecto de la filtración. La sentencia reconstruye los hechos a partir de la publicación de un artículo en El Mundo que afirmaba que la Fiscalía había ofrecido un pacto a la pareja de Ayuso. Tras esa información, García Ortiz contactó a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien solicitó los correos al fiscal del caso, entonces en un estadio de fútbol.

Rodríguez envió los correos a la cuenta personal del fiscal general y a la de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, entre las 21:59 y las 22:01 horas, tiempos que resultaron decisivos para el análisis del tribunal. Aunque García Ortiz admitió ser autor de la nota informativa, negó haber filtrado el correo del 2 de febrero de 2024, en el que la defensa del empresario reconocía dos delitos fiscales. Sin embargo, los magistrados consideran acreditado que él realizó gestiones para obtener y divulgar ese documento, lo que dio inicio al proceso de revelación de datos reservados.

El testimonio de la fiscal superior Almudena Lastra también fue clave. La resolución señala que ella expresó su desacuerdo con la actuación del fiscal general y advirtió a Rodríguez de su malestar por proporcionarle información que sería difundida públicamente. Para el tribunal, esta oposición interna refuerza la idea de que la actuación de García Ortiz quebrantó su deber de confidencialidad.

Por su parte, las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer emitieron un voto particular en el que sostienen que García Ortiz debió ser absuelto. Consideran que los datos incluidos en la nota de prensa ya eran públicos y que su difusión sirvió para contrarrestar lo que describen como el “aparato de un poder político”, en referencia al entorno de Díaz Ayuso, que habría impulsado una acusación falsa contra la Fiscalía.

Las magistradas argumentan que la Fiscalía tenía la obligación de aclarar la situación para evitar que prosperara la idea de que había actuado de forma ilícita por motivos políticos. A su juicio, no responder habría permitido que se dañara gravemente la credibilidad institucional y la confianza ciudadana.

En su posición disidente, concluyen que informar a la opinión pública era no solo legítimo, sino necesario para frenar una narrativa falsa que afectaba el prestigio de la Fiscalía. En su visión, la confidencialidad no debe convertirse en un obstáculo para defender la integridad de las instituciones democráticas cuando estas están siendo atacadas mediante desinformación.

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