El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que INE no contaba con las facultades para posponer la consulta de revocación de mandato y le ordenó ajustar su presupuesto para cumplir en tiempo y forma.

Durante la sesión, la mayoría de los magistrados consideró que los consejeros electorales no pueden detener el proceso para hacer la consulta con el argumento de falta de presupuesto, pues solo pueden hacerlo en casos previstos en la ley, como es el no cumplir los requisitos por falta de las firmas requeridas.

Antes, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, se había desistido de la denuncia penal ante la FGR contra seis consejeros, después de que Andrés Manuel López Obrador celebró durante su conferencia mañanera que Morena haya accedido a dar marcha atrás en sus acusaciones.

Al argumentar el proyecto que revocó el acuerdo del INE para posponer la consulta, el magistrado Felipe Fuentes señaló que el Consejo General de ese órgano “no tiene facultades ni  atribuciones para posponer el proceso de revocación de mandato porque al ser una autoridad en materia electoral tiene la obligación de garantizar su ejercicio para el cual debe implementar las medidas y realizar los ajustes presupuestales necesarios para qué en caso de cumplirse los requisitos constitucionales y legales se continúe con dicho mecanismo de participación política”

Además precisó que la único argumento válido para suspender o posponer la consulta es que no se hubieran validado las firmas equivalentes al 3 por ciento de la lista nominal de electores o la dispersión correspondiente a 17 entidades, y no fue el caso.

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