La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado Sinaloa respecto a la prohibición de la doble candidatura.

En consecuencia, los candidatos que aspiran a una alcaldía también pueden ser candidatos a regidores por el principio de representación proporcional.

La resolución fue aprobada por unanimidad de los magistrados y da marcha atrás a la sentencia dictada el pasado 14 de abril.

Los magistrados resolvieron que el Tesin había incluido elementos ajenos a la controversia primigenia instada por el PRI sobre la posibilidad de la doble candidatura de síndico procurador y regidores.

La inconformidad fue presentada por los partidos de Movimiento Ciudadano, PAS y PRI por considerar que el Tribunal local había inaplicado en su sentencia el articulo 22 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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